
Os cuento mi desconcierto. Estaba con el Estatuto del Museo
Nacional del Prado, justo en el artículo que hace referencia al Personal del
Museo y veo algo que yo pensaba que era común según el Estatuto Básico del
Empleado Público, que
no hace alusión a las empleadas. Es decir, que la
selección del personal se basaba en los principios de igualdad, mérito y
capacidad. Justo este es el motivo por el que las mujeres ocupamos
preferentemente puestos en la Administración, ya que se mide el mérito y la
capacidad en base a un criterio de igualdad.
Ahora lo entiendo todo, podemos trabajar de auxiliares de
museo e incluso de técnicas, pero en el caso de los puestos directivos… aquí ya
no vale el criterio de igualdad, mérito y capacidad, ahora prima el tema de la
experiencia y la responsabilidad, justo algo que
no se nos ha dejado hacer
aludiendo a una inventada condición biológica de cuidadoras y
poca capacidad para liderar. ¡Vaya, pues!